El Tribunal Supremo confirma que es nulo el despido de una trabajadora que había solicitado el permiso por matrimonio. Y en concreto lo hace en la STS de fecha 9 de febrero de 2022, sentencia 130/2022.
En ese caso la trabajadora el día 7 de junio de 2019 notificó a su empleadora que iba a casarse el 24 de agosto y por tanto solicitaría el permiso por matrimonio los días siguientes.
El 24 de junio la empresa le comunica mediante burofax una carta de despido por la finalización de obra o servicio para la que estaba contratada. Y además el día 2 de julio la empresa contrata a otra persona en el mismo puesto que ocupaba la trabajadora despedida.
¿Por qué el despido es nulo cuando se solicita permiso matrimonial?
La doctrina en la que se basa la sentencia para declarar que el despido es nulo, se centra en considerar vulnerados los artículos 55.5 ET, 4.2 c) y 17 ET, y de la CE los artículos 14, 32, y 10.2. Incluyendo también el artículo 11.2 de la Convención de Nueva York sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en concreto porque infringue la prohibición de discriminar a la mujer por su estado civil.
Y en concreto dice el Tribunal Supremo que el despido tal y como ocurrió, al no existir una causa que lo justifique debe considerase nulo, porque el derecho a la igualdad del artículo 14 de la CE prohíbe la discriminación de ningún tipo, y la libertad de elegir el estado civil de una persona forma parte de su derecho a la dignidad y libertad de las personas previsto en el artículo 10.1 de la CE. Y el matrimonio de una mujer no puede comportar para ella una consecuencia tan negativa como el despido porque supondría una infracción de la convenio de Nueva York mencionada.
Efectos de la nulidad del despido por solicitar permiso por matrimonio
La sentencia por la que se declara la nulidad del despido por solicitar permiso por matrimonio condenó a la empresa a la readmisión de la trabajadora, al abono de los salarios de tramitación y al pago de una indemnización adicional por vulneración de derechos fundamentales, esta indemnización fue de 15.000 euros.
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